Lo que necesitas saber sobre el poder notarial para la compraventa de inmuebles

¿Vas a comprar o vender una vivienda y no puedes realizar el trámite personalmente? Te aclaramos cómo puede hacerlo otra persona por ti con un poder notarial.

Aunque lo normal es que una persona ejecute personalmente los actos y contratos de compra o venta de bienes raíces, pueden darse situaciones en que no pueda realizarlo, como, por ejemplo, al vivir en el extranjero.

Para estos casos, la ley establece la posibilidad de designar a una persona que lleve a cabo el trámite en su nombre y representación, a través de un mandato o poder notarial. De esta forma, la persona representada pasa a llamarse apoderado o mandatario, y el representante, poderdante o mandante.

¿En qué consiste el mandato para vender un inmueble?

Hay que tener claro que en principio, todo acto o contrato puede llevarse a cabo a través de un representante, excepto cuando una norma lo prohíba expresamente. Un ejemplo de esto son los testamentos, que no admiten un mandatario.

Además, se debe entender que el mandato tiene carácter de contrato, mediante el cual una persona le encarga a otra que la represente en uno o más asuntos claramente determinados y especificados, como comparecer ante los tribunales en juicios; administrar cuentas bancarias; realizar negocios específicos, como compraventas de inmuebles; entre otros.

En este punto, vale la pena recalcar que el mandatario solo está autorizado a realizar lo que está escrito en el mandato. Para lo cual, el encargo puede validarse por escritura pública o instrumento privado, por carta, verbalmente o de cualquier otra forma que se estime conveniente.

Generalmente, un mandato es meramente consensual, es decir, que no implica formalidades de ninguna especie. Sin embargo, para comprar o vender bienes raíces, debe ser solemne, lo que significa que debe ser oficializado, debiendo cumplir con ciertos requisitos para que tenga validez jurídica.

Entonces, para que un mandato para vender un inmueble o comprarlo sea válido, tendrá que llevarse a cabo mediante escritura pública otorgada ante notario.

Si el representado se encuentra en el extranjero, la escritura deberá entregarse ante el correspondiente Cónsul de Chile, con firma de este, legalizada en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y, posteriormente, protocolizada en una notaría ubicada en Chile.

Como se puede concluir, contar con un poder notarial para llevar a cabo una compra o venta de un inmueble es fundamental en caso de que no se pueda realizar la acción personalmente.